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Ejecución contencioso-administrativo: una materia pendiente

La ejecución de resoluciones judiciales dista mucho de ser una materia superada en nuestro sistema jurídico. Y cuando hablamos de ejecución de sentencias en el orden c-a los problemas crecen.

No quiero decir que en la mayor parte de los casos la Administración incumpla o cumpla mal. No, la realidad es la contraria, en la mayor parte de los casos … ¡la Administración cumple!

Sin embargo, eso debería ocurrir absolutamente siempre, y no es así. Y no faltan casos en los que el incumplimiento disimulado, la persistente inactividad, que a veces disfraza una oposición encubierta, resultan insoportables.

La cuestión se complica porque estamos ante una materia poco conocida, en la que la formación del jurista pone poco énfasis, probablemente porque se le considera una materia menor.

No debería ser así porque a veces la sentencia, obtenida después de un juicio en el que se ha puesto mucha dedicación y esfuerzo, se ejecuta mal y tarde. Así, la satisfacción de quien venció en el juicio se malogra cuando trata de obtener la restitución real de su derecho,

Aunque lamentablemente las soluciones que ofrece la ley son lentas, desde aquí vamos a intentar ofrecer las clases para que el alumno encuentre cuáles, entre la que les ofrece la ley, son correctas y adecuadas para conseguir una ejecución eficiente.